El magistrado del Juzgado de primera instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria eleva una cuestión prejudicial al TJUE sobre el pago de costas por las tarjetas revolving.
El magistrado del Juzgado de primera instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Juan Avello Formoso, señala que es la ley, y no el juez, quien protege los derechos de los consumidores, por lo que rechaza el calificativo, que en ocasiones se le ha dado, de “el juez de los débiles”.
El magistrado ha planteado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial a propósito del pago de las costas procesales por la denuncia de un consumidor a una entidad bancaria debido al uso de las denominadas tarjetas revolving.
Cuestión prejudicial
Avello señala que la cuestión prejudicial es pertinente cuando se considera que una norma nacional es contraria a una directiva de la Unión Europea (UE), como en ese caso sucede con el precepto de la Ley de Enjuiciamiento Civil que impone las costas procesales. Afirma que si bien esa ley no se puede dejar de aplicar, tampoco se pueden desatender los mecanismos europeos de defensa del consumidor. En este caso, menciona que la entidad emisora no había atendido los requerimientos del consumidor, por lo que este tuvo que ir a la justicia, contratando abogado y procurador e incurriendo en unos gastos.
Un juez “justo en la mitad”
A su juicio, el juez nunca es “parte” de nadie en un proceso judicial, sino que tiene que estar “justo en la mitad”. Le corresponde al legislador considerar si en una determinada relación contractual, marcadamente desigual, la parte débil no merece una mayor protección frente a determinadas prácticas: “Entonces es el juez quien aplica esa ley”.