La experta María Luisa Martínez nos detalla las novedades legislativas y los cambios que beneficiarán a los consumidores.
La nueva Ley Hipotecaria, que entró en vigor el pasado 17 de junio, incorpora importantes novedades para los titulares de préstamos hipotecarios y para aquellos que estén interesados en adquirir una vivienda a través de una entidad bancaria. Sin embargo, señala María Luisa Martínez, abogada especializada en hipotecas, no se han eliminado todas las complejidades de la anterior ley.
Una de las novedades es el carácter retroactivo de la ejecución bancaria. Esto permite que si un cliente no pudo oponerse a la ejecución del préstamo y en él había cláusulas abusivas, se dispone de un plazo extraordinario para oponerse. Martínez señala que hay "muchísima gente que no se ha presentado a la ejecución hipotecaria y la da por perdido. Todavía puede parar esa subasta hasta que se resuelva".
Ejecución hipotecaria
Asimismo, la ejecución hipotecaria no podrá llevarse a cabo hasta que el cliente no adeude doce mensualidades, antes eran solo tres meses, o el tres por ciento de la hipoteca en la primera mitad del préstamo. En la segunda mitad del préstamo, el plazo para la ejecución es de quince meses o el siete por ciento de la deuda.
Además, se ha avanzado en la protección al consumidor bancario, "pero la complejidad del procedimiento hace que la desprotección siga existiendo", afirma Martínez. La jurista considera que debería haber mecanismos para poder confirmar "que el cliente entiende lo que está firmando".
Gastos de formalización
Respecto de los gastos por la formalización de la hipoteca, Martínez recuerda que el procedimiento continúa en los tribunales europeos como cuestión prejudicial. Se trata del problema de quién asume los gastos de la formación de la hipoteca, en particular el impuesto de actos jurídicos documentados, un asunto que resolvió el Tribunal Supremo mediante un procedimiento extraordinario y que ahora debe refrendar o rechazar los tribunales comunitarios.