Javier Velasco, presidente de Derecho a Morir Dignamente, señala que, si bien esto no impide iniciar los trámites, dificulta su ejercicio efectivo.
Canarias aún no ha nombrado a los miembros del comité de garantías que ha de velar por el cumpliento y la garantía del derecho a la autanasia, aprobado el pasado 25 de junio mediante una ley.
Javier Velasco, presidente de Derecho a Morir Dignamente, afirma que su asociación recibe con júbilo esta norma, por la que llevaban luchando treinta y siete años, pero cree que aún es preciso trabajar para “pasar del derecho al hecho”. Señala que en los pocos días de vigencia, ya les constan problemas para el ejercicio efectivo de este derecho.
La burocracia del procedimiento
El procedimiento comienza por la solicitud del paciente al médico responsable de la prestación de ayuda para morir. Este debe informar al solicitante si va a objetar en conciencia. Ahí, señala Velasco, ya surge el primer problema, pues no se sabe quién debe buscar la alternativa en caso de objeción, si corresponde al médico o al paciente.
Si el médico no objeta, debe informar al paciente de las alternativas, para cerciorarse de que es una decisión libre. A los 15 días, el paciente debe reiterar su solicitud por escrito y entonces el médico ha de consultar a un segundo profesional, que ha de realizar el mismo procedimiento de forma abreviada. A su conclusión, ambos médicos deben remitir al comité de garantías su consideración. Entonces se nombra a un jurista y a un profesional médico para la evaluación del caso. Si no se da el visto bueno, el paciente puede recurrir a la justicia contencioso-administrativa.
Retraso de los nombramientos en Canarias
Si bien Canarias publicó el decreto de creación del comité de garantías el pasado 23 de junio y fijó en 12 el número de sus miembros, lo cierto es que aún no se ha procedido a los nombramientos. Esto, recuerda Velasco, no es óbice para que los pacientes inicien los trámites. Pero recuerda que si una persona no se siente atendida, no pueden acudir al comité para exigir la atención de su derecho porque no está constituido.
Denuncia, además, la burocratización innecesaria del proceso y la dependencia de quienes sean los miembros de los distintos comités, como puede suceder, a su juicio, en las comunidades gobernadas por partidos de derecha contrarios al derecho a la eutanasia: “Mal van a velar por el cumplimineto de la ley quienes están en contra de la misma”.
Manual de buenas prácticas
Considera necesario un manual de buenas prácticas que indique, por ejemplo, que debe ser el propio médico objetor quien busque un facultativo alternativo para el paciente. Afirma que ya han ocurrido dos casos en la Comunidad valenciana en los que los médicos se han desentendido de los casos: “La administración sanitaria debe garantizar el ejercicio del derecho”. En cualquier caso, recomienda acudir a los centros de atención al paciente, pero lamenta que no todos dispongan de este recurso.
Solicita, además, a las consejerías que publiquen información exhaustiva sobre el ejercicio de este derecho.