Hablamos con Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros, sobre esta novedosa sentencia.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas acaba de establecer la nulidad de las cláusulas de comisión de apertura en los créditos hipotecarios, al entender que no se trata de un servicio ni de una actividad propia del negocio bancario. La sentencia obliga a Bankia a devolver a un ciudadano de Las Palmas de Gran Canaria los 1.189,26 euros que éste había abonado.
Se trata de la primera sentencia que declara nula la comisión de apertura de hipotecas y, aunque si bien no sienta jurisprudencia porque no es una decisión del Tribunal Supremo, "es una buena noticia, porque muchos jueces tomarán nota de esa sentencia y los abogados seguiremos ese criterio y comenzaremos a reclamar esa comisión".
Suárez recuerda que estas decisiones judiciales se consiguen "cuando damos la batalla", por lo que hizo un llamamiento a los consumidores de servicios bancarios a "seguir reclamando".